Esta
prohibida la autorización a la celebración de tratados para la extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes
del orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos; ni de convenios o tratados
en virtud de los que se alteren las garantías y derechos establecidos por esta constitución para el hombre y el ciudadano.

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Al estar presos, perdemos nuestra libertad, nuestros derechos y obligaciones como ciudadanos |
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