La imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial. La investigación y persecución de los delitos
incumbe al ministerio publico, el cual auxiliara con una policía que estará bajo su autoridad y mando inmediato.
Si el infractor fuese jornalero, obrero o trabajador, no podrá ser sancionado
con multa mayor del importe de su jornal o salario de un día.

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Nadie puede pagar mas de lo que gana |
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